La legítima defensa.

 

La legítima defensa:

límites y requisitos en el Derecho Penal español

La legítima defensa es una de las causas de justificación que excluye la responsabilidad penal. Permite que una persona que ha cometido un hecho tipificado como delito no sea castigada, siempre que haya actuado para repeler una agresión ilegítima. Su regulación se encuentra en el artículo 20.4 del Código Penal.

1. ¿Qué es la legítima defensa?

La legítima defensa es un mecanismo jurídico que permite proteger bienes jurídicos como la vida, la integridad física o el patrimonio, frente a una agresión injusta. No es una causa de exención por trastorno mental, sino una causa de justificación: el hecho no se considera delictivo si se dan todos los requisitos exigidos por la ley.

2. Requisitos legales

Según el artículo 20.4 del Código Penal, la legítima defensa requiere:
a) Que exista una **agresión ilegítima**.
b) Que haya una **necesidad racional del medio empleado** para repelerla o impedir el daño.
c) Que no haya provocación suficiente por parte del defensor.

En el caso de defensa del hogar frente a intrusos o allanamientos, la jurisprudencia admite una cierta presunción de legítima defensa (caso típico: agresión nocturna en el domicilio).

3. ¿Qué se entiende por agresión ilegítima?

Debe tratarse de una acción actual o inminente que vulnere bienes jurídicos protegidos y que no esté amparada por el Derecho. No es legítima defensa ante provocaciones verbales, amenazas no cumplidas o agresiones ya finalizadas.

4. Proporcionalidad del medio empleado

La respuesta del defensor debe ser **racionalmente necesaria**, no necesariamente igual o simétrica. El análisis de proporcionalidad se realiza en función de las circunstancias del caso concreto, el bien jurídico amenazado, los medios disponibles y la urgencia de la situación.

5. Jurisprudencia y ejemplos

El Tribunal Supremo ha señalado que la legítima defensa no exige una equivalencia exacta entre el ataque y la defensa, pero sí una racionalidad objetiva. Se ha admitido, por ejemplo, el uso de un cuchillo de cocina frente a una agresión física grave y persistente en el domicilio. También se ha denegado cuando se ha utilizado un arma de fuego frente a un empujón aislado sin riesgo real para la vida.

6. Exceso en la legítima defensa

Cuando se exceden los límites de la legítima defensa, puede aplicarse la figura del **exceso exculpable** si el sujeto ha actuado por miedo insuperable, confusión o alteración emocional intensa. Este exceso puede dar lugar a una atenuación de la pena, pero no a la exoneración total de responsabilidad.

Conclusión

La legítima defensa es un derecho fundamental que protege a quien actúa para salvaguardar sus bienes jurídicos frente a una agresión injusta. Sin embargo, su aplicación exige un análisis cuidadoso de los hechos y del contexto. El respeto al principio de proporcionalidad y la ausencia de provocación son claves para que pueda ser reconocida como causa de justificación penal.