⚖️ ¿Qué es la violencia de género en Derecho Penal?

 

⚖️ ¿Qué es la violencia de género en Derecho Penal? Explicación y caso práctico

La violencia de género es uno de los fenómenos más graves que afronta nuestra sociedad. En el ámbito jurídico, ha merecido un tratamiento específico en España, con órganos judiciales, leyes y medidas pensadas para proteger a las víctimas, garantizar el enjuiciamiento de los agresores y prevenir la reincidencia.

Pero ¿qué entendemos por violencia de género desde el punto de vista legal y penal?


📘 Concepto jurídico

La Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, define la violencia de género como la que ejerce un hombre sobre una mujer en el marco de una relación sentimental o afectiva, presente o pasada, cuando dicha violencia es una manifestación de desigualdad, discriminación o poder.

Importante:
No toda agresión de un hombre a una mujer es violencia de género. Debe existir (o haber existido) un vínculo de pareja o afectividad entre ellos.


⚖️ Delitos más comunes

Los tipos penales que con más frecuencia se ven en este ámbito son:

  • Maltrato ocasional → art. 153 CP

  • Maltrato habitual → art. 173.2 CP

  • Lesiones → arts. 147, 148 CP

  • Amenazas y coacciones → arts. 169, 171, 172 CP

  • Quebrantamiento de condena o medida → art. 468 CP

Además, los jueces pueden acordar medidas de alejamiento, prohibición de comunicación, suspensión del régimen de visitas y otras medidas urgentes (art. 544 bis y ter LECrim).


🏛️ ¿Qué juzgados lo llevan?

Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer son los órganos competentes para investigar estos delitos. También pueden resolver cuestiones civiles conexas, como la custodia de hijos o el uso de la vivienda familiar.


👩‍⚖️ Caso práctico: prisión provisional por violencia de género

Supuesto realista para opositores y juristas:

D. Juan R. fue detenido por agredir a su ex pareja, Dña. Marta L., con quien había convivido durante cinco años. La víctima declaró que, tras una discusión, él le propinó varios empujones y un puñetazo, causándole hematomas. No es la primera vez que ocurre: ya en 2023 hubo una denuncia archivada.

Tras la detención, el Ministerio Fiscal solicitó en comparecencia del art. 505 LECrim la prisión provisional del investigado por riesgo de reiteración delictiva. El juez acordó su ingreso en prisión, motivando la resolución en la gravedad del hecho, la existencia de antecedentes previos, el perfil violento del denunciado y la necesidad de proteger a la víctima.

Este caso refleja cómo el sistema penal actúa de forma inmediata cuando concurren indicios suficientes y un riesgo real para la víctima.


✍️ Reflexión final

El Derecho penal tiene una función protectora, pero también debe ser garantista. En el ámbito de la violencia de género, esta tensión es constante: proteger sin vulnerar derechos. Por eso, es esencial conocer bien la normativa, la jurisprudencia y los principios constitucionales en juego.