SUCESIÓN INTESTADA
¿Qué ocurre si muero sin testamento?
La sucesión intestada
en Derecho español
Una de las preguntas más frecuentes en el
ámbito del Derecho de sucesiones es qué sucede cuando una persona fallece sin
haber otorgado testamento. En estos casos, se abre la llamada **sucesión
intestada** o abintestato, regulada en los artículos 912 y siguientes del
Código Civil.
1. ¿Qué es la sucesión intestada?
Se produce cuando el causante (persona
fallecida) no ha otorgado testamento válido o este ha sido declarado nulo o
ineficaz. En ese caso, será la ley la que determine quiénes son los herederos
legítimos, siguiendo un orden jerárquico preestablecido.
2. ¿Quiénes heredan si no hay testamento?
El Código Civil establece un orden estricto
de llamamiento a la herencia:
1. Los **descendientes** (hijos, nietos...).
2. A falta de estos, los **ascendientes** (padres, abuelos...).
3. Luego, el **cónyuge viudo**.
4. En ausencia de los anteriores, los **hermanos y sobrinos**.
5. Después, los **demás parientes colaterales hasta el cuarto grado**.
6. Finalmente, si no hay ningún pariente con derecho, la herencia pasa al
**Estado**.
3. ¿Qué trámites deben seguir los herederos?
El primer paso será obtener el
**certificado de defunción** y el **certificado de últimas voluntades**, para
verificar que no hay testamento. A continuación, se deberá acudir a una
**notaría** (si los herederos son descendientes, ascendientes o cónyuge) o al
**juzgado** (si son colaterales) para tramitar la **declaración de herederos
abintestato**.
Una vez reconocidos como herederos, deberán
aceptar o renunciar a la herencia y realizar la partición de bienes, además de
liquidar el **Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones**.
4. ¿Qué sucede si hay conflictos?
Si los llamados a la herencia no se ponen
de acuerdo sobre la aceptación, reparto o valoración de los bienes, será
necesario acudir a la **vía judicial**, a través del procedimiento de
**división judicial de la herencia** regulado en la Ley de Enjuiciamiento Civil
(arts. 782 y ss.).
Conclusión
Otorgar testamento es un acto sencillo,
económico y altamente recomendable para evitar litigios y trámites complejos a
los familiares. En ausencia de testamento, el orden legal de herederos protege
la transmisión patrimonial, pero puede no coincidir con la voluntad del
causante. La sucesión intestada sigue siendo una figura esencial dentro del
Derecho de familia y patrimonial en España.